lunes, 22 de febrero de 2010

Excluyen a conyuge superstite de la herencia

Excluyen de la Herencia al Cónyuge Supérstite Separado de Hecho antes del Fallecimiento

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil hizo lugar a una demanda de exclusión de heredero, solicitada contra quien había sido cónyuge del causante y de quien se encontraba separado de hecho antes de que se produjese el deceso.

En la causa “G.,A.A. c/ F.,G.E. y otro s/ exclusión de heredero”, la Sala M ratificó lo resuelto en primera instancia, confirmando el pronunciamiento que excluyó al demandado en su calidad de heredero, tras considerar que acreditada la separación de hecho desde antes del fallecimiento, el cónyuge supérstite queda excluido de la herencia del causante.

Los camaristas resaltaron que en el presente caso recaía sobre el demandado la carga de la prueba de su inocencia en dicha separación de hecho, de acuerdo a lo normado en los artículos 3573 del Código Civil en concordancia con lo dispuesto por los artículos 204 y 214 inc. 2º del mismo cuerpo legal.

Por otro lado, en el fallo emitido el 15 de octubre de 2009, los magistrados tuvieron en cuenta que el propio demandado había sido quien promovió la demanda de divorcio, en la que reconoció expresamente su alejamiento definitivo del hogar conyugal, varios años antes del deceso de su cónyuge.

fuente: www.abogados.com.ar

Por ello es importante hacer una consulta a un abogado su confianza, y que conozca nuestro derecho y en base a las consideraciones particulares del caso le podra aconsejar que si el conyuge estaba separado de hecho no podria participar en la herencia del conyuge fallecido. Asi tambien como los concubinos no se heredan. Lo importante antes de tomar cualquier decision lo mejor es asesorarse por un profesional.

Dra. Nieva

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